Contrato temporal de fomento de empleo para personas con discapacidad:
Requisitos de los trabajadores:
- Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Desempleados inscritos en la oficina de empleo
- Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato excepto en el supuesto previsto en el artículo 8.2 de la Ley 43/2006.
Requisitos de la empresa:
- Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.
Formalización duración y jornada:
- El contrato se realizará: Por escrito, en modelo oficial y se comunicará en los 10 días siguientes a su celebración al Servicio Público de Empleo.
- Duración entre 12 meses y 3 años.
- Prórrogas no inferiores a 12 meses.
- El contrato se podrá celebrar a jornada completa o parcial.
Incentivos:
- Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social de: En general 3500€/año y 4100 para mujeres y personas mayores de 45 años
- En caso de discapacidad severa será de 4100€/año y 4700 para mujeres y mayores de 45 años.
- Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el art. 2.7 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.
- Subvención para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal hasta 901,52 euros.