¿Qué es el Seguro Escolar?
Es un Seguro que protege a los estudiantes, menores de 28 años, que cursen estudios oficiales desde 3º de Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.), hasta el final del 3er ciclo universitario, mediante prestaciones sanitarias y económicas, en caso de enfermedad, accidente escolar e infortunio familiar.
Beneficiarios:
El beneficiario de las prestaciones del Seguro Escolar es el estudiante, excepto en las indemnizaciones por fallecimiento por accidente o enfermedad en que serán los familiares.
Requisitos:
- Tener menos de 28 años, ser español o extranjero con residencia legal en España.
- Estar matriculado en los estudios comprendidos en el Seguro y haber abonado la cuota.
- Acreditar un año de Seguro.
- Este último requisito no se exige para las prestaciones derivadas de accidente escolar, infortunio familiar y tocología, ni a los estudiantes que el año anterior hayan cursado 2º de ESO, educación especial o que hayan continuado sus estudios en el extranjero.
Cuantias y duracción
Depende de la prestación
Documentación:
- DNI o libro de familia. NIE para los extranjeros
- Estudiantes no universitarios: Certificado del centro de estudios
- Estudiantes universitarios: Resguardo del impreso de matrícula
- Documentación específica para cada prestación
Prestaciones:
- 1.- Prestaciones por accidente escolar (Asistencia médica y farmacéutica Indemnizaciones y pensiones por incapacidad, Indemnizaciones por fallecimiento
- 2.- Prestaciones por enfermedad (asistencia médica, prestaciones farmacéuticas e indemnizaciones por fallecimiento)
- 3.- Prestaciones por infortunio familiar: Asegura al estudiante la continuidad de sus estudios ya iniciados hasta el término normal de los cursos que componen su carrera, incluido el doctorado, cuando ocurran circunstancias que ocasionen imposibilidad de proseguirlos como consecuencia directa de la situación económica sobrevenida en su hogar.
Dónde presentarlo:
En cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.
PLAZOS:
- El plazo para solicitar las prestaciones de accidente escolar es de un año.
- El plazo para solicitar gastos de sepelio, infortunio familiar y otras prestaciones económicas es de cinco años.
- El reconocimiento o denegación de las prestaciones del Seguro Escolar se resolverán y notificarán en un plazo máximo de 90 días.
NORMATIVA
Ley de 17-7-53, sobre establecimiento del Seguro Escolar en España (BOE 18/7).
Ley General de la Seguridad Social, aprobada por R.D. legislativo 1/1994 de 20 de junio