Centros Especiales de Empleo
Dentro de los programas de apoyo a la creación de empresas, se contemplan ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los discapacitados en Centros Especiales de Empleo y trabajo autónomo.
Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo.
CREACIÓN DE UN CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
- Pueden ser creados por las Administraciones Públicas, directamente o en colaboración con otros organismos. Por Entidades, por personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que tengan capacidad jurídica y de obrar para ser empresarios.
- Pueden tener carácter público o privado, con o sin ánimo de lucro.
- Es indispensable la calificación e inscripción en el Registro de Centros del Servicio Público de Empleo ECYL.
- El grado de minusvalía de los trabajadores no puede ser menor al 33%, según la valoración del Centro Base de la Gerencia de Servicios Sociales.
- La gestión está sujeta a las mismas normas que afectan a cualquier empresa.
Tipos de ayudas de los CEE:
- Para financiar parcialmente proyectos generadores de empleo (creación o ampliación de centros):
- subvención para asistencia técnica.
- subvención financiera de hasta 3 puntos de interés.
- subvención para inversión fija en proyectos de reconocido interés social.
- el máximo a subvencionar por los conceptos anteriores, en función del porcentaje de trabajadores discapacitados.
- Para ayudar al mantenimiento de puestos de trabajo:
- subvención del coste salarial.
- bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
- subvención para adaptación de puestos de trabajo.
- subvención, por una sola vez, para equilibrar y sanear financieramente los Centros.
- subvención para equilibrar el presupuesto de Centros sin ánimo de lucro, declarados de utilidad pública.
- subvención para asistencia técnica.
Tramitación:
En las Direcciones Provinciales del ECYL de su provincia.
Tanto para acceder a cualquier tipo de ayuda, como para su posterior continuidad, son necesarios una serie de requisitos de acuerdo con los principios establecidos para los Centros Especiales de Empleo, así como la presentación de una memoria anual explicativa de la situación y actividades del Centro.
NORMATIVA
- Real Decreto Ley 5/2006 de 9 de junio para la mejora y crecimiento del empleo (B.O.E 14/06/2006).
- Real Decreto 427/1999 de 12 de marzo (B.O.E 26/03/1999).
- Real Decreto 469/2006 de 21 de abril (B.O.E. nº 96, de 22 de Abril de 2006) por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
- Real Decreto 364/2005 de 8 de abril (B.O.E. nº 94 de 20 de Abril de 2005) por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
- R.D. 2273/85 de 4 de diciembre (B.O.E. 9 de diciembre de 1985), aprobación Reglamento de los Centros Especiales de Empleo.
- O.M. 16 de octubre de 1998 (B.O.E. 21 de noviembre de 1998), concesión de ayudas.