¿Qué es la tarjeta europea de estacionamiento reservado?
Es una tarjeta de estacionamiento gratuito y sin limites de tiempo en plazas de aparcamiento reservadas para discapacitados.
- Plazas de aparcamiento zona ORA.
- Validez para 5 años renovables.
- Validez en toda la comunidad Europea
Beneficiarios de la tarjeta
- Serán beneficiarias las personas con discapacidad que tengan reconocido un grado de minusvalía superior o igual al 33%, y con movilidad reducida, con independencia de su condición de conductor del vehículo en el que se desplace.
La condición de movilidad reducida será determinada por el organismo competente en materia de servicios sociales.
Duración
- La vigencia de la tarjeta de estacionamiento será de 5 años para aquellas personas con movilidad reducida permanente, o del tiempo determinado en la correspondiente resolución administrativa para aquellas personas cuya condición de movilidad reducida es temporal.
- Para renovar la Tarjeta se retirará la antigua y se mandará esta a la Gerencia de Servicios Sociales C/ Padre Fco. Suárez, 2 -47006 – Valladolid.
Condiciones de la tarjeta
- El Ayuntamiento que expide la tarjeta suministrará a la persona beneficiaría, un documento que resuma las condiciones de utilización de la tarjeta en otras comunidades autónomas y en los distintos países miembros de la Unión Europea.
- La Administración de la Comunidad de Castilla y León creará un registro único de tarjetas sobre la base de la información que cada 6 meses remitirán los Ayuntamientos que concedan en su ámbito territorial dichos beneficios.
Se considera uso inapropiado de la tarjeta el efectuado por persona distinta del titular de la misma.
Documentación
- Fotocopia compulsada del DNI.
- Fotografía en color tamaño carné.
- Fotocopia compulsada del Certificado de Minusvalía.
- Fotocopia compulsada del Certificado de Movilidad Reducida.
- Fotocopia compulsada del Permiso de Circulación del/los vehículo/os a usar.
¿Cómo debe ser utilizada?
- Es personal e intransferible.
- Puede ser utilizada por su titular en cualquier vehículo en que se traslade, sea o no de su propiedad, y sea transportado en el vehículo o lo conduzca él mismo.
- Debe exhibirse sobre el tablero de instrumentos del automóvil, de forma que el anverso sea claramente visible desde el exterior.
- Debe mostrarse para su control, si la autoridad competente así lo requiere.
- Su uso indebido puede ser sancionado por los Ayuntamientos, que pueden contemplar hasta la retirada de la misma.
¿Dónde puede aparcarse con la tarjeta?
- El vehículo que conduce y/o transporta al titular de la tarjeta puede aparcarse siempre en aquellos lugares que están debidamente señalizados con el símbolo internacional correspondiente a personas con minusvalía (silla de ruedas) y que por ese motivo están reservados para los titulares de la tarjeta de estacionamiento.
- Cada municipio puede tener establecidas otras ventajas específicas y discrecionales relativas a estacionamiento en la vía pública. El interesado deberá informarse en el Ayuntamiento para poder beneficiarse de estas ventajas.
- En España en carreteras y en estacionamiento, las plazas reservadas para personas con discapacidad, aparecen señalizadas con el símbolo de una silla de ruedas.
- No aparcar en vías donde esté prohibida el estacionamiento.
- Las tarifas y concesiones de plazos límite para los vehículos que muestran tarjeta de estacionamiento de persona con discapacidad varían.
- No conducir ni aparcar en zonas peatonales salvo que las concesiones locales lo permitan de forma expresa. Compruébelo localmente.
La mayoría de los estacionamientos ofrecen concesiones a vehículos que muestran una tarjeta de estacionamiento de persona con discapacidad.
Lugar de solicitud
Las solicitudes se presentarán en el Registro Municipal de cada Ayuntamiento.
NORMATIVA QUE LO REGULA
Ley 3/98 de 24 de junio de accesibilidad y supresión de barreras de la Junta de Castilla y
BOCYL. Nº 172, 4/septiembre/2001