Impuesto de matriculación de vehículos
¿En qué consiste la exención?
El impuesto de matriculación de vehículos es un impuesto de un 7% o un 12%, dependiendo de la cilindrada del mismo, que las personas con discapacidad están exentas de pagar siempre que cumplan los requisitos que se mencionan a continuación.
¿Qué requisitos deben cumplirse?
- Tener el certificado de minusvalía reconocido.
- El vehículo debe estar a nombre de la persona con minusvalía y ser de su uso exclusivo.
- El vehículo, especialmente construido para una persona con minusvalía y no meramente adaptado, debe tener una tara inferior a 300 Kg y no superar en llano los 40 Km/ hora.
- No se puede hacer transmisión posterior del vehículo como mínimo en 4 años y ha de haber pasado el mismo tiempo desde una compra anterior.
- La exención es para un sólo vehículo.
¿Dónde se solicita la exención?
Debe solicitarse en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal.
NORMATIVA Ley 38/92 de 28 de diciembre de Impuestos Especiales.