AYUDAS A LA FAMILIA NUMEROSA
- ¿Qué es una familia numerosa?
- Educación / Centros infantiles
- Vivienda / Juventud
- Beneficios fiscales / Nacimiento o adopción / Excedencia y reserva de puesto de trabajo
- Transporte
- Por hijo a cargo / Cuidadores a familias numerosas / Ocio y cultura
- Legislación
¿QUÉ ES UNA FAMILIA NUMEROSA?
REQUISITOS
Para la existencia legal de la familia numerosa será necesario:
- Tener 3 o más hijos. Podrá ser con dos hijos en el caso de que uno de ellos tenga la condición de discapacitado para el trabajo o los dos padres, o uno de los padres con minusvalía o incapacidad para trabajar igual o mayor al 65 %.
- Los hijos deberá cumplir las siguientes condiciones:
- Ser soltero.
- Convivir con el padre/madre.
- Depender económicamente del padre/madre. Se considerará que existe dependencia económica cuando sus ingresos no superen el salario mínimo interprofesional.
- Ser menor de 21 años, excepto si es discapacitado, se ampliará hasta los 25 años mientras estén cursando estudios adecuados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
- Los miembros de la unidad familiar deberán ser españoles o nacionales de un estado miembro de la Unidad Europea, o del Acuerdo del Espacio Económico Europeo, o si residen en otro estado miembro de la Unión Europea, o los que residan en España todos los miembros que den derecho a los beneficios
- Nadie podrá ser computado en dos unidades familiares al mismo tiempo (ni ascendiente ni descendiente).
COMO Y DONDE SOLICITARLO
La tramitación se lleva a cabo en las Gerencias Territoriales de cada provincia:
GERENCIAS TERRITORIALES DE SERVICIOS SOCIALES |
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PROVINCIA |
DIRECCIÓN |
C.P. |
TELEFONO |
ÁVILA |
Pza. Nalvillos Nº 1 |
05001 |
920 352165 |
BURGOS |
C/ Julio Sáez De La Hoya Nº 5 |
09005 |
947 230712 |
LEÓN |
C/ Modesto Lafuente Nº 5 |
24004 |
987 256612 |
PALENCIA |
C/ Valentín Calderón ,2 |
34001 |
979 706109 |
SALAMANCA |
C/ Correhuela, 18-20 |
37001 |
923 216101 |
SEGOVIA |
C/ Infanta Isabel, 16 |
40001 |
921 461982 |
SORIA |
Paseo Del Espolón , 2 |
42001 |
975 220566 |
VALLADOLID |
C/ Dos de mayo 14-16 |
47014 |
983 306888 |
ZAMORA |
C/ Prado Tuerto 17 |
49019 |
980 671300 |
La solicitud se debe ajustar al modelo oficial acompañada de la siguiente documentación:
(Fotocopias debidamente compulsadas)
- Solicitud
- Fotocopia del Libro de Familia. Si no tiene nacionalidad española, documentación análoga o en su defecto, certificado de nacimiento de los hijos y/o documentación acreditativa de la adopción.
- Fotocopia del D.N.I. de los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
- Certificado o volante de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.
- En su caso, fotocopia del permiso de residencia.
- En su caso, certificado de la empresa acreditativo de su actividad económica en la Comunidad Autónoma.
- Fotografía del grupo familiar (de los que vayan a figurar en el Título), todos juntos, de 5 cms. (de alto) x 8 cms. (de ancho).
Documentación específica (SOLO PARA LOS CASOS EN LOS QUE SE DEN ALGUNA DE ESTAS CONDICIONES):
- Viudedad: Fotocopia del Certificado de Defunción del Cónyuge en el supuesto de no figurar ésta en el libro de familia.
- Discapacitados o incapacitados para trabajar: Fotocopia del documento acreditativo de tal extremo.
- Separación Legal, divorcio o Nulidad: Fotocopia de la resolución judicial firme que lo haya declarado. Convenio regulador en su caso.
- Tutela, Guarda o Acogimiento: Fotocopia de la resolución judicial o administrativa que lo acredite.
- Dependencia económica de los ascendientes (art. 3.1.c de la Ley 40/2003): En el caso de rentas de trabajo por cuenta ajena, Certificado de Empresa o del Organismo competente relativo a los ingresos. Para los demás ingresos, fotocopia de la declaración del I.R.P.F. del último ejercicio cerrado.
- Hijos de 21 años hasta los 25 años inclusive: Certificado del Centro donde cursen estudios o resguardo de la matrícula.
- Hijos que no convivan con obligación de prestar alimentos: En el caso del progenitor que opte por solicitar el reconocimiento de la condición de familia numerosa proponiendo a estos efectos hijos/as que no convivan con él, deberá presentar fotocopia de la resolución judicial firme que acredite su obligación de prestarle alimentos, así como documentación acreditativa de estar al corriente de su cumplimiento.
- Calificación como categoría especial (art. 4.2. de la Ley 40/2003): En el caso de rentas de trabajo por cuenta ajena, Certificado de Empresa o del Organismo competente relativo a los ingresos. Para los demás ingresos fotocopia de la declaración del I.R.P.F. del último ejercicio cerrado.
Se renovará cada cinco años, excepto cuando cualquiera de los hijos haya cumplido 21 años, o en los supuestos en los que se haya tenido en cuenta la situación económica de la familia en los que la vigencia será anual; o si varía el número de miembros o las condiciones que dieron motivo al derecho.
EDUCACIÓN
- Expedición de Títulos académicos: exención del 100% de las tasas en el caso de familias numerosas de categoría especial y del 50% a las familias numerosas de categoría general.
- Servicios académicos y complementarios en las Universidades Públicas de Castilla y León: exención del 100% para familias numerosas de categoría especial y del 50% para las familias numerosas de categoría general.
- Gastos de residencia fuera del domicilio habitual por estudios universitarios. La Consejería de Educación convoca anualmente ayudas económicas para alumnos que cursen estudios universitarios y en el cálculo de la renta familiar neta se deducen determinadas cantidades por cada hijo.
- Cursos de verano convocados por la Consejería de Educación: si fueran seleccionados se realiza descuento en abono de costes para miembros de familias numerosas
- Apartamentos para estudiantes “Cardenal Mendoza”de la Universidad de Valladolid: en los umbrales de renta familiar para la adjudicación de estas plazas se tiene en cuenta el número de miembros
- Ayudas para gastos (alojamiento, manutención, desplazamiento, material..) de cursos de enseñanzas regladas de formación agraria y agroalimentaria en las Escuelas dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería: en los umbrales de la renta familiar se tiene en cuenta el número de miembros
- Libros de texto: En las ayudas para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria no se limita la renta para familias numerosas.
- La prestación por infortunio familiar concedida por el Seguro Escolar se incrementa en el caso de ser familia numerosa.
- Descuento en las Tasas de Escuelas oficiales de Idiomas.
- Subsidio por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad.
Para más información sobre estas ayudas deberán dirigirse a la Delegación Provincial de Educación de su provincia:
DIRECCIONES PROVINCIALES DE EDUCACIÓN |
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PROVINCIA |
DIRECCIÓN |
C.P. |
TELEFONO |
ÁVILA |
Cruz Roja, 2 |
05071 |
920/ 22 92 50 |
BURGOS |
Vitoria, 17 |
09071 |
947/ 20 75 40 |
LEÓN |
Jesús Rubio, 4 |
24071 |
987/ 20 27 11 |
PALENCIA |
Avda. Castilla, 85 |
34071 |
979/ 74 55 00 |
SALAMANCA |
Gran Vía, 55 |
37001 |
923/ 26 19 19 |
SEGOVIA |
José Zorrilla, 38 |
40071 |
921/ 41 77 20 |
SORIA |
Santa Teresa de Jesús, s/n |
42071 |
975/ 22 02 12 |
VALLADOLID |
Edif. Usos Múltiples, Antonio Lorenzo Hurtado, 6 |
47071 |
983/ 41 26 00 |
ZAMORA |
Prado Tuerto, s/n |
49071 |
980/ 52 27 50 |
CENTROS INFANTILES
En las tarifas de Centros Infantiles de titularidad de la Comunidad:
Exentas de pago:
- las familias numerosas de categoría especial.
- reducción del 50%, las de categoría para cada menor.
Para la admisión de alumnos en Centros Infantiles de titularidad de la Comunidad se valoran los ingresos de la familia, teniendo en cuenta el número de miembros, se valora como criterio complementario la situación de familia numerosa.
Más información Dirección General de Familia. C/ Mieses, 26. Teléfono 983 41 09 00.
VIVIENDA
- Viviendas promovidas con subvención de la Junta de Castilla y León: en la adjudicación se aplica como coeficiente corrector de los ingresos el número de miembros de la unidad familiar.
- Ayudas para adquisición y rehabilitación de viviendas rurales: en el cómputo de ingresos se tiene en cuenta el número de miembros de la unidad familiar; en el caso de igualdad de ingresos se da prioridad a los solicitantes con mayor número de miembros en la unidad familiar.
- Ayudas económicas para acceder a la propiedad de una vivienda con protección pública: en el cómputo de ingresos se tiene en cuenta el número de miembros de la unidad familiar. Incremento en la cuantía de las distintas ayudas si se trata de familia numerosa.
- Ayudas para alquileres: en el cómputo de ingresos se tiene en cuenta el número de miembros de la unidad familiar. Se incrementa un 5% la ayuda para las familias numerosas.
- Ayudas para acceder a propiedad de vivienda habitual.
Más información en materia de vivienda se proporciona en los Servicios Territoriales de Fomento.
SERVICIOS TERRITORIALES DE FOMENTO |
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PROVINCIA |
DIRECCIÓN |
C.P. |
TELEFONO |
ÁVILA |
Jardín del Recreo, 2 – planta baja |
05001 |
920/ 21 38 00 |
BURGOS |
Plaza de Bilbao, 3 |
09006 |
947/ 28 15 00 |
LEÓN |
Avda. Peregrinos, s/n |
24008 |
987/ 29 64 16 |
PALENCIA |
Avda. Casado del Alisal, 27 |
34001 |
979/ 71 55 00 |
SALAMANCA |
Paseo Torres Villarroel, 21-25 |
37005 |
923/ 29 60 13 |
SEGOVIA |
Plaza Platero Oquendo, 3 |
40001 |
921/ 41 71 26 |
SORIA |
Plaza Mariano Granados, 1 |
42002 |
975/ 23 65 65 |
VALLADOLID |
Edif. Usos Múltiples. José Luis Arrese, s/n |
47014 |
983/ 41 00 00 |
ZAMORA |
Leopoldo Alas “Clarín” |
49018 |
980/ 55 96 00 |
JUVENTUD
- Residencias Juveniles dependientes de la Junta: se valora en los criterios de selección ser familia numerosa.
- Descuento de un 10% en Albergues juveniles gestionados por la Dirección General de Juventud.
- Campamentos de verano: 50 % sobre la cuota prevista.
Más información en las Secciones de Juventud:
SECCIONES JUVENTUD |
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PROVINCIA |
DIRECCIÓN |
C.P. |
TELEFONO |
ÁVILA |
Plaza Fuente el Sol, 1 |
05001 |
920/ 35 50 92 |
BURGOS |
Juan de Padilla, s/n |
09071 |
947/ 28 15 70 |
LEÓN |
Avda. Peregrinos, s/n |
24008 |
987/ 29 63 95 |
PALENCIA |
Obispo Nicolás Castellanos, 10 |
34001 |
979/ 70 62 22 |
SALAMANCA |
Plaza de la Constitución, 1 |
37001 |
923/ 29 60 01 |
SEGOVIA |
Plaza de la Merced, 12 |
40003 |
921/ 41 73 84 |
SORIA |
Campo, 5 |
42001 |
975/ 23 33 66 |
VALLADOLID |
San Lorenzo, 5 |
47001 |
983/ 41 06 00 |
ZAMORA |
Avda. Requejo, 4 |
49012 |
980/ 52 17 00 |
BENEFICIOS FISCALES
- Deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el cuidado de hijos Menores.
- Deducción de 236,25 € por familia numerosa más 100 € por cada descendiente a partir del cuarto.
- Deducción por nacimiento o adopción de hijos de 105 € por el primero, 262,50 € por el segundo y 525 € por el tercero y sucesivos.
- Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados: tipo reducido para familias numerosas
NACIMIENTO O ADOPCIÓN
- Prestaciones económicas de pago único: Se establecen complementos del 100% a las ayudas previstas, en los supuestos de parto o adopción múltiple de tres hijos o más.
Más información en Dirección General de Familia. C/ Mieses, 26. 47071 Valladolid. Tfno 983410900.
EXCEDENCIA Y RESERVA DEL PUESTO DE TRABAJO
- Ampliación del periodo considerado como de cotización efectiva en supuestos de excedencia por cuidado de hijos. Tendrá una duración de 15 meses se la familia es de categoría general y de 18 si tiene la de categoría especial.
- Ampliación del período de reserva del puesto en los supuestos de excedencia por cuidado de hijos: la reserva de un puesto de trabajo se extiende a un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general y un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.
Más información en oficinas de la Seguridad Social de cada provincia.
TRANSPORTE
TRANSPORTE INTERURBANO POR CARRETERA
- Reducciones en los precios de los Servicios regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera. Las reducciones serán del 20 y 50%, según se trate de familias de categorías general o especial.
TRANSPORTE FERROCARIL
- Reducciones en las tarifas de transporte ferroviario de viajeros del 20 o el 50 % según se trate de categoría general o especial.Estas deducciones se aplican en igual cuantía respecto del transporte de muebles y demás enseres por razón de cambio de domicilio.
TRANSPORTE MARÍTIMO
- Líneas regulares de transporte marítimo de cabotaje: en la misma proporción que los apartados anteriores.Las bonificaciones se aplican en igual cuantía respecto del transporte de muebles y demás enseres por razón de cambio de domicilio.
TRANSPORTE AÉREO
- Reducción del 5% si están clasificadas en la categoría general y de un 10 % en la categoría especial sobre las tarifas por servicios regulares nacionales de transporte aéreo.
PRESTACIÓN ECONÓMICA POR HIJO A CARGO
- Incremento del límite de recursos económicos para tener derecho a las asignaciones económicas por hijo a cargo.
Más información en las oficinas de la Seguridad Social de cada provincia.
CUIDADORES A FAMILIAS NUMEROSAS
- Bonificación de cuotas de la Seguridad Social por la contratación de cuidadores en familias numerosas.
Más información en las oficinas de la Seguridad Social de cada provincia.
OCIO Y CULTURA
- Derechos de preferencia en el acceso a actividades de ocio del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y bonificaciones en las cuotas a abonar.
- Bonificaciones en los precios de los Centros e instituciones culturales de titularidad estata
- En el ámbito local existen bonificaciones y deducciones de diverso tipo que pueden ser consultadas en las respectivas páginas Web o teléfonos de información.
LEGISLACIÓN
Se regula en la Ley 40/2003 de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas publicada en el Boletín Oficial del Estado el Miércoles 19 de noviembre de 2003, y en el Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.
El Decreto 9/2005, de 20 de enero, regula en la comunidad de Castilla y León el reconocimiento de la condición de familia numerosa, así como la expedición, renovación, modificación o pérdida del título.